20070901

EXIGENCIA BÁSICA HR FRENTE AL RUIDO Y AHORRO DE ENERGÍA

El documento básico HR especifica parámetros objetivos y procedimientos de verificación de las exigencias básicas requeridas.
Limitar el riesgo de molestias o enfermedades que por causa de ruidos que excedan los normales admitidos, puedan causar a sus ocupantes en condiciones normales de uso, como consecuencia de las características del proyecto, construcción, uso y mantenimiento.
Utilización de materiales y sistemas constructivos cuyas características acústicas sean adecuadas para reducir la transmisión de ruidos aéreos, impactos y vibraciones.
Limitar el ruido reverberante de los recintos.
Hasta tanto se apruebe el D.B HR, se aplicarán la Normas Básica de la Edificación NBE-CA-88 “Condiciones acústicas en los edificios”

15. Exigencia básica HE Ahorro de energía

Especifica parámetros y procedimientos objetivos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas.
Uso racional de la energía evitando derroches innecesarios, reduciendo a limites sostenibles su consumo.
Una parte del consumo deberá proceder obligatoriamente de fuentes de energía renovables. A tal fin los edificios se proyectaran, construirán, usaran y se mantendrán conforme a las siguientes características

15.1 Exigencia básica HE 1 Limitación de demanda energética

Diseño y elección de envolventes adecuadas al clima de la localización de la edificación, su utilización atendiendo a régimen de verano e invierno.
Correcta exposición a la radiación solar
Evitar humedades de condensaciones superficiales e intersticiales
Tratamiento adecuado del puente térmico. Evitar problemas higrotérmicos.

15.2 Exigencia básica HE 2 Rendimiento de las instalaciones térmicas

Exigencia desarrollada actualmente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. RITE.
Se deberá disponer de las instalaciones térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar térmico a sus ocupantes
Regulación del rendimiento de las instalaciones y equipos.

15.3 Exigencia básica HE 3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación

Utilización de sistemas de control que permita ajustar el encendido a la ocupación real de la zona.
Optimizar el aprovechamiento de la luz natural.

15.4 Exigencia básica HE 4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria

Donde lo establezca el CTE, parte de las necesidades energéticas térmicas, como ser servicio de agua caliente, climatización de piscinas, deberá cubrirse mediante la incorporación de energía solar de baja temperatura adecuada a la radiación solar global de su emplazamiento y a la demanda de agua caliente.
Los valores mínimos aceptables estarán íntimamente relacionados a las características de su localización y ámbito territorial.

15.5 Exigencia básica HE 5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.

Exigencia básica solo a cumplir cuando lo disponga el CTE.
Incorporación de sistemas de transformación de energía solar en energía eléctrica por procedimientos fotovoltaicos, para uso propio o suministro a la red.
Los valores mínimos serán indicados en relación a las características de su localización y ámbito territorial.

No hay comentarios: